Panamá promulgan ley que reforma la propiedad horizontal en bioseguridad y contingencias
El gobierno de Laurentino Cortizo, promulgó en Gaceta Oficial la Ley 284 de 14 de febrero de 2022, donde se reforma integralmente la Propiedad Horizontal (PH) en en el país, creando un nuevo régimen que incorpora temas actuales como bioseguridad y fondo de imprevistos ante contingencias como la pandemia por la Covid-19.
El documento, compuesto por 10 capítulos y 125 artículos regulatorios del nuevo régimen de los inmuebles en ese esquema habitacional, crea nuevas normativas en donde se desarrolla el tema de fondo para imprevistos, como capital de emergencia que puede ayudar a las unidades inmobiliarias a enfrentar una situación que no estaba contemplada.
Además, se establecen los principios que promueven el bienestar de los propietarios como convivencia pacífica y solidario social, derecho al debido proceso, derecho a petición, principio de confidencialidad, respeto a las decisiones, respeto de la dignidad humana y sostenibilidad y función social.
De acuerdo a un comunicado del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (Miviot), ante la existencia de medidas cautelares se establece que estas no pueden recaer sobre bienes comunes de la propiedad horizontal y a pesar de la medida cautelar impuesta se permite la inscripción de nuevas juntas directivas sobre el PH.
También se indica que ante obligaciones judiciales se podrá cautelar o disponer hasta un 20% de la totalidad de la Cuota de Gastos Comunes o del Fondo para Imprevistos y con esto garantizar que el PH continúe su operatividad.
En cuanto a las asambleas de propietarios, se introduce la celebración de estas reuniones a través de medios tecnológicos, facilitando su realización y una sanción por la inasistencia.
Para la toma de decisiones dentro de estos inmuebles, se hace un análisis y revisión de los porcentajes de aprobación por parte de la asamblea que los rige, que en el caso del aval de cuotas de gastos comunes extraordinarios se fija un menor porcentaje (51%) de un 66%.
Asimismo, se incorporaron aspectos vinculados a la junta directiva, el administrador y facultades de la dirección de PH del Miviot, donde ahora tendrá carácter vinculatorio en las decisiones y se fomentará la mejor convivencia, al igual que la capacitación a propietarios, promotores y administradores en interpretación y aplicación de la legislación.
Además, se establece un procedimiento para impartir sanciones por parte del administrador, en aquellos propietarios que realicen infracciones a las prohibiciones establecidas en la ley iniciando por una advertencia verbal o escrita antes de proceder con una multa.
La entidad estatal indicó que la norma vigente subroga la Ley No. 31 de 18 de junio de 2010 y adiciona el artículo 2-A a la Ley No. 45 de 31 de octubre de 2007 y que próximamente debe reglamentarse.
Según informes del Miviot, durante este período de gestión se han incorporado 173 nuevos edificios al Régimen de Propiedad Horizontal.
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